En caso de querer exportar productos orgánicos de Chile a la UE, si los productos están cubiertos por el acuerdo de comercialización de productos orgánicos, la certificación bajo la norma orgánica chilena es la que predomina.
Acerca de este estándar
La Ley 20.089 – Sistema Nacional de Certificación de productos Orgánicos Agrícolas establece las condiciones para la comercialización de productos con la denominación de orgánico, ecológico o biológico. Control Union se encuentra acreditado por el Instituto Nacional de Normalización y registrados en el Sistema Nacional de Certificación Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero de Chile.
La Ley 20.089 – Sistema Nacional de Certificación de productos Orgánicos Agrícolas establece las condiciones para la comercialización de productos con la denominación de orgánico, ecológico o biológico. Control Union se encuentra acreditado por el Instituto Nacional de Normalización y registrados en el Sistema Nacional de Certificación Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero de Chile.
¿Por qué elegir este estándar?
La certificación bajo la Ley Chilena es obligatoria para comercializar productos orgánicos en el territorio nacional. Es obligatoria para los productos orgánicos producidos, procesados y comercializados en Chile, así como para los productos importados que deseen comercializarse en el país como orgánicos. En caso de querer exportar productos orgánicos de Chile a la UE, si los productos están cubiertos por el acuerdo de comercialización de productos orgánicos, la certificación bajo la norma orgánica chilena es la que predomina.